Este domingo 22 de octubre todo el país deberá concurrir a las urnas para participar de las elecciones generales 2023, donde se elegirán presidente, vicepresidente, diputados y senadores nacionales, y parlamentarios del Parlasur. Aquí te presentamos una guía para saber los detalles a tener en cuenta antes de sufragar.
Personas habilitadas a votar
Hay 35.394.425 personas habilitadas para votar en todo el país
¿Quiénes pueden votar en las elecciones generales?
La legislación indica que “son electores los argentinos nativos y por opción, desde los 16 años de edad, y los argentinos naturalizados, desde los 18 años de edad” que no estén inhabilitados por ley a emitir el voto. Pero, para poder emitir el voto, los electores deberán figurar en el padrón electoral y presentar al momento del sufragio un documento cívico personal habilitado para poder votar.
¿Los extranjeros pueden votar en las elecciones generales?
Según el Código Nacional Electoral, los migrantes que residen en el país no pueden elegir presidente, vicepresidente, diputados ni senadores de la Nación, pero sí están habilitados para hacerlo en elecciones provinciales y/o municipales según lo establezca la normativa vigente de cada provincia.
Dónde voto: cómo consultar el padrón electoral
Se puede consultar el padrón electoral en la página web habilitada por la Cámara Nacional Electoral (hacé click aquí).
¿Qué se elige en las elecciones generales del 22 de octubre?
- Presidente y vicepresidente
- 19 parlamentarios y parlamentarias del Mercosur por distrito nacional
- 24 parlamentarios y parlamentarias del Mercosur por distrito regional
- 130 diputados y diputadas nacionales en todo el país
- 24 senadores y senadoras nacionales en 8 provincias.
Los horarios
La votación en las elecciones generales 2023 se llevará adelante el domingo 22 de octubre entre las 8 y las 18. Cabe señalar que los ciudadanos que ingresen a los establecimientos de votación hasta las 18 podrán emitir el voto incluso después de ese horario, cuando se cierren las puertas.
Documentos válidos para votar
- Libreta de enrolamiento/libreta cívica
- DNI libreta verde
- DNI libreta celeste
- Tarjeta del DNI libreta celeste, que contiene la leyenda “No válido para votar”.
- DNI tarjeta
¿Qué pasa si no puedo asistir al establecimiento el día de la votación?
En caso de no poder asistir al establecimiento de votación el 22 de octubre, debés concurrir con tu documento cívico a la comisaría más próxima del lugar en el que te encuentres, y allí tenés que pedir una certificación escrita que justifique tu imposibilidad de votar.Acordate de presentar tu certificado dentro de los 60 días de celebrada la elección, ante el Juzgado Federal con Competencia Electoral del distrito que te corresponda.
¿De cuánto es la multa por no ir a votar el 22 de octubre?
La falta de presentación del certificado implica una multa monetaria como sanción. Según consta en el artículo 125 de la Constitución Nacional, “se impondrá una multa de $50 a $500 al elector mayor de 18 y menor de 70 años que dejaré de emitir su voto y no justifique su ausencia ante la Justicia Nacional Electoral dentro de los sesenta (60) días de la respectiva elección”.
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