CONDENAN A UN CAUCETERO A 3 AÑOS Y MEDIO DE PRISIÓN POR LLEVAR UN ARMA CON NÚMERO LIMADO
El Fuero Especial de Flagrancia condenó a Ariel Fernández a la pena de 3 años y 6 meses de prisión de cumplimiento efectivo tras hallarlo culpable del delito de portación ilegítima de arma de fuego de uso civil condicionado. El juez Ricardo Grossi Graffigna dictó la sanción mínima prevista por la ley, rechazando la pretensión de la fiscalía —encabezada por Virginia Branca— que solicitaba 6 años de cárcel.
Fernández, quien no registraba antecedentes penales previos, fue trasladado de inmediato al Penal de Chimbas para comenzar a cumplir su condena.
El procedimiento de interceptación
La detención de Fernández se produjo durante la noche del pasado 20 de julio en la intersección de calles Paula Albarracín de Sarmiento e Ignacio De la Roza, en Caucete. Egresados policiales divisaron una motocicleta Gilera 125 cc que circulaba sin luces y con su acompañante sin casco protector.
Al someter a Fernández al palpado de rutina, los efectivos hallaron oculta entre sus pertenencias una pistola Ballester Molina calibre 11,25 (.45). La pericia técnica posterior confirmó las condiciones del armamento:
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Capacidad: Apta para el disparo y abastecida con cargador y municiones.
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Irregularidad: Número de serie completamente limado para impedir su rastreo.
Absolución del conductor y estrategia defensiva
En un primer momento, el conductor de la moto, de apellido Zamora, también resultó aprehendido. Sin embargo, quedó desvinculado del expediente tras acreditarse que había llevado a Fernández bajo la modalidad «a dedo» a lo largo de una cuadra, desconociendo completamente que este transportaba el arma.
Durante la etapa de alegatos, la defensora particular María Filomena Noriega sostuvo que no existían elementos para probar que el arma se fuera a destinar a la comisión de otro delito. El magistrado del caso coincidió en encuadrar el hecho en la escala mínima de la figura penal, fundamentando su resolución en la falta de prontuario del acusado.

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