EL CONDUCTOR CONDENADO POR LA DOBLE TRAGEDIA VIAL DE 9 DE JULIO,ESPERA EN LIBERTAD

El escenario legal de la causa contra Marcos Gabriel Pereyra dio un giro clave tras la audiencia de impugnación de medidas cautelares. Pereyra, quien había sido condenado a cuatro años de prisión efectiva y ocho de inhabilitación para conducir, recuperará la libertad mientras continúe el trámite judicial.
La defensa del acusado, compuesta por los abogados Nadia Ludmila Derka y Marcelo Fernández, interpuso un recurso argumentando que su defendido transitó todo el proceso judicial en libertad y que no existían riesgos procesales que fundamentaran una prisión preventiva.
El magistrado hizo lugar al planteo basándose en el artículo 18 de la Constitución Nacional, el cual ampara el estado de inocencia hasta que exista una condena firme y definitiva.

Antecedentes del hecho
La denominada «Tragedia de La Majadita» aconteció el 19 de enero de 2025 en el departamento de 9 de Julio, San Juan. Marcos Gabriel Pereyra circulaba al mando de una camioneta Toyota Hilux por la Ruta 183 cuando impactó de manera frontal contra un automóvil Volkswagen Gol.
Como consecuencia directa del violento siniestro vial, fallecieron en el acto Juan Alberto Torres Figueroa (conductor del automóvil) y Mirco Aballay Allende (quien viajaba como acompañante dentro del vehículo de Pereyra), además de registrarse otra persona con heridas de gravedad.

Resultados de las pericias
Los estudios científicos e informes toxicológicos forenses resultaron determinantes para el tribunal al momento de dictar la condena por homicidio culposo triplemente agravado. Las pericias toxicológicas arrojaron que Pereyra conducía bajo los efectos de sustancias estupefacientes, detectándose la presencia de cocaína y marihuana en su organismo.
Asimismo, los análisis bioquímicos confirmaron el hallazgo de cocaetileno, una sustancia tóxica que genera el cuerpo humano cuando se combinan simultáneamente el consumo de cocaína y alcohol. Las pericias mecánicas y accidentológicas sumaron evidencia sobre una conducta calificada como culpa temeraria, constatando que las capacidades del conductor estaban severamente alteradas al momento de provocar la colisión frontal.

 

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