CONDENAN A «EL JUDAS» POR EL HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL DE CRISTIAN CASTRO

Mario Ríos, alias «El Judas», fue condenado mediante un juicio abreviado por la muerte de Christian Castro, ocurrida tras un violento episodio registrado el pasado 18 de abril en el barrio La Alameda. Aunque la investigación penal preparatoria se inició bajo la figura legal de homicidio simple, la Fiscalía resolvió recalificar el hecho a homicidio preterintencional, al constatar que el acusado tuvo la intención manifiesta de provocar lesiones corporales y no de causar el deceso.
El trágico incidente se desencadenó cuando Ríos, oriundo del barrio Cerro Blanco, ingresó de forma imprevista a una vivienda de la zona. Tras ser expulsado del domicilio por los ocupantes, el sujeto reaccionó con extrema violencia pública: tomó una piedra de la calle y golpeó en la cabeza a dos hombres, llevándose Castro la peor parte al quedar gravemente herido en el suelo.
Internación, complicaciones y cambio de carátula
La detención del agresor se concretó esa misma tarde, aunque inicialmente vinculada al robo del cual presuntamente escapaba en ese momento. Nueve días después del ataque, Christian Castro falleció en el hospital donde permanecía internado. Durante su estadía médica, la víctima contrajo un cuadro de meningitis que agravó severamente su estado general de salud y aceleró el desenlace fatal.
Debido a estas circunstancias médicas concurrentes, el Ministerio Público Fiscal modificó la imputación original:
  • Homicidio preterintencional: Se determinó que el imputado empleó un medio que razonablemente no debía causar la muerte, teniendo solo el propósito de dañar físicamente.
  • Aclaración del escape: La fiscalía aclaró que no se pudo acreditar formalmente en el legajo que el acusado estuviera huyendo de una patrulla policial al irrumpir en la propiedad, aunque sí se ratificó su arresto por el robo previo.
Unificación de penas por reincidencia
Durante la audiencia judicial se expuso el frondoso prontuario criminal que arrastraba «El Judas». Al momento de ser juzgado por este homicidio, el imputado ya se encontraba cumpliendo una sentencia previa por el delito de robo con escalamiento y arrastraba una declaración judicial de reincidencia.
Ante la contundencia de las pruebas, la fiscalía, la defensa y el propio acusado acordaron aplicar la pena máxima para la figura preterintencional, fijada en tres años de prisión. Al realizarse la unificación correspondiente con la condena anterior por robo, la escala penal única quedó establecida en cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo en el servicio penitenciario.

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