La difusión de un video del funcionario Franco Buffagni conduciendo por la Diagonal Sarmiento mientras hablaba a cámara desató un fuerte rechazo en las redes. En las imágenes se observa al funcionario apartar la vista del camino repetidamente, además de mantener el volante con una sola mano, una conducta temeraria que no solo infringe la ley, sino que pone en riesgo la vida de terceros.
Lo que establece la Ley: faltas graves y sanciones
La Ley Nacional de Tránsito N° 24.449 es clara al respecto. Según el Artículo 48, está prohibido conducir utilizando sistemas de comunicación de operación manual continua. Esto incluye manipular el celular para grabar videos, enviar mensajes o hablar, incluso si el vehículo está detenido en un semáforo.
En San Juan, estas conductas se consideran faltas graves (Art. 77) y conllevan multas que rondan los $96.000 (50 UF). Además, el Artículo 39 exige mantener el dominio efectivo del vehículo y la vista al frente. Grabar contenido para redes sociales implica:
- Pérdida de atención: El cerebro tarda segundos vitales en reenfocarse tras mirar la cámara.
- Autoincriminación: La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) utiliza estos videos virales como prueba para suspender licencias de forma inmediata por conducción negligente.
El video de la polemica
El peligro real en la jerga se lo conoce como: un «asesino silencioso»
Hacer videos mientras se conduce multiplica exponencialmente las probabilidades de una tragedia. Segun los especialistas determinan que las posibilidades de accidente se multiplica por 4.
Las estadísticas son alarmantes:
- Distancia a ciegas: Mirar el celular por solo 3 segundos a 60 km/h equivale a recorrer 50 metros sin ver el camino.
- Riesgo de choque: Manipular el teléfono multiplica por 4 el riesgo de siniestro, y si se escribe, el riesgo sube hasta 23 veces.
- Impacto local: En San Juan, el 95% de los siniestros viales se deben a errores humanos, con el celular como distracción principal. En 2024, se labraron más de 20.000 actas por este motivo.
El uso de dispositivos al volante es el principal factor de riesgo en la vía pública. Las autoridades recalcan que, aunque un acompañante sostenga el teléfono, interactuar con la cámara distrae al conductor y anula su capacidad de reacción ante frenados bruscos o peatones.
***********************************************************************************************************************
Si el acompañante es quien sostiene el teléfono, la infracción técnica por «uso de dispositivo manual» desaparece, pero aparece una igual de grave: la falta de atención y pérdida de dominio.
En San Juan, y bajo la Ley Nacional 24.449, se considera infracción por los siguientes motivos:
- El conductor debe mantener la vista al frente
El Art. 39 de la Ley 24.449 establece que los conductores deben «conducir con cuidado y prevención, conservando en todo momento el dominio efectivo del vehículo». Al mirar a la cámara (aunque sea un segundo para «actuar» o hablarle a los seguidores), estás:
- Desviando la atención: El cerebro tarda segundos en recuperar la concentración total en el camino tras mirar a otro lado.
- Perdiendo la mirada periférica: Fundamental para reaccionar ante un peatón o un frenado brusco.
♦
La distracción tecnológica también afecta a quienes caminan; los «peatones digitales» representan el 13% de los fallecidos en siniestros viales.

Los comentarios están cerrados.