FISCALIA PEDIA 10 AÑOS, PERO EL JUEZ DUDÓ Y LO DEJA LIBRE

Un solloso ahogado, entrecortado, repetido, gobernó el semblante de ese joven de 29 años, cuando terminó la audiencia y supo, por fin, que no iría al Penal de Chimbas a cumplir 10 años de cárcel como había pedido Fiscalía, porque consideró probado que había violado varias veces a su cuñada (hoy de 19 años) cuando era menor, entre 2019 y 2021. Sus defensores, José Luis Guidet Montilla y Nicolás Gómez Camozzi, habían pedido que fuera absuelto por las contradicciones de la chica, entre otras pruebas. Y el juez de Garantías, Andrés Abelín Cottonaro, tuvo dudas de que los hechos hubieran ocurrido como los relató Fiscalía y absolvió a ese joven, que es empleado de comercio y tiene un local de venta de flores.

Ahora, el fiscal Duilio Ejarque y las ayudantes fiscales Ana Bustos y Candela Pérez (UFI ANIVI), deberán decidir si piden a un Tribunal de Impugnación que revise el fallo, pues, a su entender, el relato de la jovencita, el informe de los psicólogos (de ANIVI y una particular que trató a la chica) y otras pruebas, acreditaron que las agresiones sexuales existieron (la joven habló de 17 hechos) y fueron cometidos por el imputado.

El caso fue denunciado el 23 de agosto del año pasado por la madre la chica, que se enteró de todo por otra de sus hijas luego de una revelación del novio de la presunta víctima.

Entonces el joven quedó bajo sospecha por el ataque a esa joven y a su hermana de 14 años, pero un psicólogo de parte ofrecido en su Defensa, fue clave para que fuera desligado de haber atacado a la menor de las chicas.

Su opinión también sirvió para alejarlo de las sospechas con relación a la mayor de las hermanas, pues dijo que esa joven podía mentir, que se esfuerza por componer una ‘imagen de niña desvalida e inocente’ y que no son creíbles las razones que dio para no alejarse, no defenderse o no denunciar antes a su cuñado.

El imputado estuvo preso por unos días al comenzar la investigación. Desde entonces quedó libre y así seguirá si es que Fiscalía no impugna y el fallo no es revertido.

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