El pasado miércoles se cerró la paritaria para empleados de un sector clave de la economía en la provincia, se trata de los salarios de los trabajadores de bodega y viñas. Diario 13 tuvo acceso a los números finales desde marzo desde 2023 hasta febrero de 2024.
En contacto con este medio, Carlos Emilio Orzan, secretario general de la Federación Obrera Empleados Vitivinícolas de Argentina (FOEVA) de 9 de Julio aseguró, “lo considero un sueldo bajo que
En este sentido expresó, “la comisión de paritarias que nombra la federación a nivel nacional por lo general son los miembros del secretariado los que participan”, dijo y agregó, “algunos no estamos de acuerdo con los que se ha logrado, el trabajador necesitaba un porcentaje mayor de arranque y no fie así”.
Establecer los siguientes importes para el básico del Obrero Común de Viña en el período comprendido entre marzo de 2.023 y febrero de 2.024, inclusive:
Los valores señalados serán aplicados a las demás categorías, adicionales y rubros convencionales en su exacta incidencia.
Una asignación extraordinaria de estímulo no remunerativa, por única vez, computables para el aguinaldo que se liquidará mensualmente y en las siguientes ocasiones:
Los importes acordados bajo esta modalidad se abonarán en su totalidad, salvo que el trabajador haya incurrido en ausencias sin justificación en el respectivo periodo que se liquide, en cuyo caso se le abonará proporcionalmente. Igualmente será reconocida en aquellas jornadas en que el trabajador tenga derecho al cobro de su remuneración por licencias o feriados previstos en la LCT y el convenio colectivo. En casos de contratos a tiempo parcial, esta compensación se liquidará en proporción al mismo.
Establecer los siguientes importes para el Adicional por Refrigerio en el período comprendido entre marzo de 2.023 y febrero de 2.024, inclusive:
Los siguientes importes para el básico del Operario Común de Bodega en el período comprendido entre marzo de 2.023 y febrero de 2.024, inclusive:
Adicionalmente, las partes establecen, sin que sea computable para el pago del SAC (aguinaldo) ni para ningún otro fin o rubro legal o convencional, la siguiente asignación extraordinaria de estímulo no remunerativa, por única vez que se liquidará mensualmente y en las siguientes ocasiones:
Establecer los siguientes importes para el Adicional por Refrigerio en el período comprendido entre marzo de 2.023 y febrero de 2.024, inclusive:
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